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La minería es conocida como el sueldo de chile, aportando un 10% al Producto Interno Bruto de Chile y generando más recursos que cualquier otro rubro o sector. Desde la época del salitre hasta la actual explotación del litio, la minería ha generado bienestar y desarrollo para nuestro país, aunque Chile no se ha preocupado lo suficiente por el bienestar minero.

Hasta ahora.

Tras años de espera, Chile finalmente ha ratificado el Convenio 176 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), dando una muestra de apoyo para nuestro sector. Este acuerdo, desarrollado en 1995 en el seno de la Conferencia Internacional de esta entidad, busca mejorar las condiciones laborales específicas de la minería al establecer un cuerpo legal que asegura mayores niveles de seguridad en las faenas.

El primer país en legalizar este acuerdo fue España en mayo de 1997, seguido por Finlandia y Suecia en junio del mismo año. En América, la validación de este acuerdo llegó con el nuevo milenio, siendo Estados Unidos, en febrero de 2001, el primero en integrar este convenio, seguido por Brasil, en mayo de 2006; Perú, en junio de 2008 y Uruguay, en junio de 2014. Transcurridos 27 años de la primera ratificación, Chile se convierte en el 35° país en asentar este acuerdo y el quinto dentro del continente.

Para entender en detalle qué implica para nuestro país, te dejamos 5 claves para entender este importante avance para las y los trabajadores de la minería.

1. Qué es el Convenio 176 de la OIT

  • El Convenio 176 es un acuerdo internacional que se centra en la seguridad y la salud de las y los trabajadores del sector minero. Este convenio establece directrices para los países miembros con el objetivo de prevenir accidentes mortales y enfermedades ocupacionales especificamente en el rubro.
  • La ratificación de este convenio implica que el país se compromete a adoptar políticas y regulaciones que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores mineros. Esto incluye la implementación de sistemas de inspección eficaces y la promoción de una cultura de prevención de riesgos laborales.
  • Este acuerdo implica una serie de definiciones universales para todo el sector, evitando además las ambigüedades y diferencias entre los niveles y las medidas de seguridad para cada empresa o faena.
  • Entre estas definiciones, es importante resaltar que el «empleador» quedará estipulado como toda persona física o jurídica que emplea a uno o más trabajadores en una mina, agrupando en una misma categoría —en cuanto a las responsabilidad legales compete— al encargado de la explotación, el contratista principal, el contratista o el subcontratista.

2. Por qué no se había implantado en Chile hasta ahora

  • Si bien Chile está entre los 187 Estados miembros de la Organización Internacional del Trabajo, esto no significa que todos los acuerdos emanados de esta asamblea sean vinculantes. Para cada convenio alcanzado, los países deben pasar un proceso de interno de ratificación y adecuación de las normas a su marco legal.
  • En el caso de Chile, pese a que somos un país fuertemente minero, el Convenio 176 de la OIT no había sido tomado en cuenta por administraciones anteriores. La FMC había buscado la implementación de este acuerdo desde, a lo menos, 4 ó 5 períodos presidenciales sin llegar a buen puerto.
  • Como ejemplo, el gobierno del difunto ex presidente Sebastián Piñera tuvo la oportunidad de implementar este convenio tras la tragedia ocurrida en la mina San José, dónde 33 mineros estuvieron bajo tierra durante 69 días por fallas estructurales. Aunque la administración le dio un uso comunicacional a este evento, las autoridades no avanzaron en la ratificación de este acuerdo, pese a que hay medidas directas contra derrumbes.

3. Cómo se consigue finalmente la ratificación del 176

  • En noviembre de 2021, y en medio de su gira nacional como candidato, el presidente Gabriel Boric firmó un documento en el que garantizaba el cumplimiento de una serie de acuerdos con nuestro sector. Dentro de estos compromisos se encontraba la ratificación del Convenio 176 de la OIT, además de puntos como el royalty efectivo, la negociación ramal y el derecho irrestricto a la huelga, entre otroa.
  • Finalmente, el pasado 10 de agosto de 2023, Boric anunció, junto a las ministras del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara; de Minería, Marcela Hernando; el ministro de Relaciones Exteriores, Alberto van Klaveren; y la ministra de Salud, Ximena Aguilera, la ratificación de este acuerdo, cumpliendo así con su promesa de campaña.
  • El Congreso despachó el proyecto de ley el 13 de diciembre del año pasado, contando con la aprobación unánime de todos los miembros del Senado.
  • Su punto culminé iba a ser el 30 de abril de este año, fecha en la que el gobierno tenía programado un acto oficial en La Moneda para realizar el depósito del Convenio 176. El evento, en el cual iban a participar autoridades y gestores de este acuerdo —entre ellos nuestra federación— fue suspendido a raíz del homicidio de tres carabineros en la Región del Bío-Bío.
  • De momento no hay fecha para el depósito de este acuerdo, paso que hará vinculante las disposiciones de este tratado.

4. Cuáles son las implicancias de este acuerdo

  • Este acuerdo establece reglas vinculantes y universales para la industria minera en Chile. Todas las medidas del convenio deben incluirse en la legislación vigente, que designará la autoridad competente para vigilar y regular la salud y seguridad en las faenas.

  • El Convenio 176 aclara el concepto de «mina» y define al «empleador» como toda persona física o jurídica que emplea a uno o más trabajadores en una mina, equiparando sus responsabilidades legales, ya sea como encargado de la explotación, contratista principal, contratista o subcontratista.

  • El empleador debe evaluar y abordar los riesgos laborales, proporcionar equipos de protección personal adecuados y manteniendo un sistema de control preciso para los trabajadores subterráneos. Además, debe elaborar planes de contingencia específicos y garantizar al menos dos salidas en lugares de trabajo subterráneos, así como interrumpir actividades y evacuar al personal en casos de peligro grave.

  • Con este acuerdo, los trabajadores tienen más poder para denunciar accidentes e incidentes riesgosos, y el derecho a conocer los riesgos laborales de antemano. La nueva legislación deberá incluir representantes de seguridad y salud elegidos por los trabajadores para abordar preocupaciones con el empleador

  • El Convenio 176 promueve la cooperación en las faenas mineras, garantizando que estos derechos se ejerzan sin discriminación ni represalias hacia quienes denuncien violaciones al acuerdo.

5. Cuánto aportó la FMC para lograr el Convenio 176

  • La Federación Minera de Chile (FMC) trabajó activamente por la ratificación de este acuerdo desde el año 2010, tomando la posta del trabajo iniciado por la Confederación Minera de Chile. Es importante señalar que este es un esfuerzo que se ha desarrollado a lo largo de diferentes dirigencias, demostrando que las gestiones de larga data sí generan resultados.
  • Durante los últimos 14 años, la FMC desarrolló charlas y eventos de concientización con la comunidad, trabajando activamente en las ciudades del norte de nuestro país. Apoyados por nuestro equipo de comunicaciones, desarrollamos esta misma labor a través de redes sociales y en los medios de comunicación, llevando la realidad laboral en las minas a la palestra pública.
  • Finalmente, nuestra federación aportó en darle forma al acuerdo que firmó el entonces candidato a la presidencia, Gabriel Boric, junto a los gremios de la minería. Según lo dicho por Felipe Román, presidente de la FMC, afortunadamente fuimos escuchados por este gobierno y el acuerdo fue recibido y ejecutado.

Acuerdo firmado por el presidente Boric y los gremios de la minería en diciembre de 2021, fecha en la que acordaron la ratificación del Convenio 176 de la OIT